Por Eloy Blanco
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3 de julio de 2021
Una afección, en urbanismo, es la inclusión de una determinada cantidad de suelo en un área geográfica a la que se le atribuyen determinados "requisitos". Es decir: se ve afectada por normativa específica. Existen múltiples áreas afectadas y distintos tipos de afecciones. Muchas veces, una misma área está inclusa en varias afecciones al mismo tiempo. Para conocer un poco mejor en qué consisten estos requisitos, veamos un ejemplo práctico: Este es un plano de la zona de Betanzos, una ciudad situada en la desembocadura de un río, cerca de A Coruña, en el norte de España. En el plano vemos varias líneas de color y zonas rayadas: Vemos cómo alrededor de las cuencas fluviales se dibuja una línea de puntos azules. Es la Afección de Aguas. También tenemos zonas rayadas de verde. Es la Afección del Paisaje. Zonas con línea roja. Afección de Costas. Líneas amarillas. Energía (gasoductos). Y hay más. Esto es sólo una pequeña muestra. Podríamos mover el plano un poco a la izquierda y también estaríamos en zona de afección aeroportuaria, pues el aeródromo de Alvedro no está lejos. Pero todo esto... ¿qué importancia tiene para nosotros? Pues, fundamentalmente, por dos cosas: Necesitaremos cumplir más normativa que la propia del ayuntamiento. Los plazos se alargarán sensiblemente. Pongamos el caso de una vivienda unifamiliar en una parcela con afección de aguas: El organismo encargado de supervisar estas actuaciones es la Xunta de Galicia, mediante su Consellería de Infrestructuras e Mobilidade, en la sección de Augas de Galicia o, como se los conoce aquí: "Augas". El concello pedirá la "Autorización de Augas" y éstos exigirán que solicitemos permiso para construir, abastecer la parcela y verter los efluentes. La solicitid tendrá que ser acompañada de documentación técnica específica, acorde a nuestro proyecto y serán necesarias tantas solicitudes como Augas considere. Por ejemplo, para la instalación de una fosa séptica en la parcela se necesitarán dos autorizaciones: una por "colocarla" físicamente en el terreno y otra por "llenarla" de agua. Además, cada autorización se resuelve en una sede distinta, y no existe comunicación entre ellas. Es por eso que, desde que se inicia el trámite, hasta que se resuelve suelen pasar unos seis meses, sino más. Además, la autorización exige el pago de unas tasas y una serie de condiciones para su no revocación. Si la parcela tiene más de una afección, la burocracia se incrementa exponencialmente. Es por eso que resulta fundamentalmente conocer qué afecciones sectoriales tiene la parcela objeto antes de sopesar nuestras opciones, pues muchas veces éstas se ven reducidas. Como ejemplo de lo anterior, nos llegó el caso de una joven pareja que pretendían la construcción de una vivienda modular de estilo minimalista-industrial en una parcela de núcleo rural afectada por Patrimonio. La cercanía a un complejo arquitectónico del siglo XVI hacía que cualquier construcción en dicha parcela tuviera que emplear los materiales tradicionales: piedra, madera y teja. Los propietarios tenían ya muy avanzadas las negociaciones con el contratista y la financiación del proyecto, sin darse cuenta de que jamás recibirían autorización para construir esa vivienda. Un correcto estudio urbanístico, previo a la toma de decisiones, es fundamental para saber qué podemos hacer con una parcela y quiénes nos van a pedir qué cosas.