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¿Dónde tengo que solicitar la licencia de actividad?

Eloy Blanco • 4 de agosto de 2019
Reproducimos a continuación la asesoría prestada con motivo de una consulta reciente sobre licencias de apertura / actividad.

    ¿Las licencias de actividad se solicitan a los ayuntamientos? ¿Hay que solicitarlas a la Xunta en alguna ocasión?

Respuesta:

 

MARCO JURÍDICO:

    La Ley 2/2016, de 10 de febrero del Suelo de Galicia y su desarrollo reglamentario 143/2016.

En su CAPÍTULO II sobre Competencias y organización administrativa, en su Sección 3ª, ART: 12, sobre Competencias urbanísticas en el ámbito local; establece que los ayuntamientos son los encargados de ejercer las competencias en disciplina urbanística, que incluiría el caso concreto de otorgación de licencias de actividad. También en este ART. 12.3, se establece que podrán establecer formas de colaboración con otras entidades de derecho público para poder ejercer dichas competencias de la manera más conveniente.

 

    La Ley 9/2013 de 19 de diciembre, del Emprendimiento y la competitividad económica de Galicia.

En su CAPÍTULO I, ART. 23 Supresión de la licencia municipal de actividad; establece que se suprime con carácter general la necesidad de obtención de licencia municipal de actividad, apertura o funcionamiento para (…) de cualquier actividad económica, empresarial, profesional, industrial o comercial.

El ART. 24 regula el régimen de comunicación previa al ayuntamiento como trámite previo al inicio de la actividad, estipulando la documentación acreditativa de los requisitos exigibles para el ejercicio de la actividad.

 

    El Decreto 144/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos.

En la Disposición adicional segunda Competencias de las diputaciones provinciales, establece que (…) las diputaciones provinciales garantizarán en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes la disponibilidad por los ayuntamientos de los medios personales, técnicos y materiales necesarios para la aplicación de este reglamento y, en especial, para el ejercicio de las competencias municipales de comprobación e inspección de instalaciones, establecimientos y actividades (…)

 

    La Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia, en su ART. 28, Apertura de establecimientos comerciales, establece:

    Para la apertura de un establecimiento comercial será requisito imprescindible la obtención de la licencia municipal de apertura o actividad o, en su caso, comunicación previa o declaración responsable. Además de lo anterior, en los supuestos previstos en la presente ley, se requerirá autorización comercial de la Comunidad Autónoma.
    Las licencias de apertura de los establecimientos comerciales serán concedidas por los ayuntamientos, de acuerdo con la normativa vigente en materia de urbanismo, seguridad, salubridad y protección del medio ambiente.

 

CONCLUSIÓN:

 

La licencia de actividad es un trámite urbanístico cuya misión es asegurar que la actividad que vamos a desarrollar en un local con actividad económica está sujeta a unos parámetros de seguridad, viabilidad, medioambientales y humanos, acordes a la legalidad vigente de todos los aspectos que intervengan en ella.

Por lo tanto, es muy diferente abrir una frutería, una gasolinera o un aeropuerto. Todas son actividades comerciales, pero sus casuísticas son muy diferentes.

En aras de facilitar el autoempleo, el Parlamento de Galicia aprobó una ley que permitía a todos los fruteros, aparejadores, docentes y cocineros del país, abrir sus propios locales comerciales sin la necesidad de la correspondiente licencia. Es decir: a día de hoy, para iniciar una actividad “normalita” en un ayuntamiento gallego, envías un papel firmado por un técnico competente (aparejador, normalmente) en el que este asegura que las características del local donde se desarrollará la actividad son compatibles con la ley y que vas a abrir tal día. Es lo que se llama una comunicación previa, y es, a día de hoy, la figura que “sustituye” a la licencia de actividad tan requerida en años anteriores.

No obstante, puede haber actividades que no sean tan normalitas, por lo que esa comunicación previa sería muy arriesgada. Pongamos, por ejemplo, el caso de una gasolinera:

En este caso, el ayuntamiento no permitirá que abras tal día diciendo que todo va a estar bien (sería el caso de la comunicación previa). Los técnicos municipales exigirán conocer el proyecto completo, visitar la obra y asegurarse de todos los parámetros intervinientes. Te van a exigir que les solicites una Licencia de Actividad. Este es el trámite original, mucho más complicado y que se resuelve (se otorga o se deniega) en el propio ayuntamiento.

Lo que ocurre es que una gasolinera es una actividad con hidrocarburos, por lo que la Consellería de Industria querrá saber que esta actividad cumple con sus requisitos al respecto.

También supone un riesgo para el medio ambiente, por lo que la Consellería de Medio Ambiente, querrá saber que la actividad cumple con sus requisitos al respecto.

Incluso, el trajín de automóviles supondrá un riesgo para el tráfico, por lo que la Consellería de Infraestructuras, querrá asegurarse de que la actividad cumple con los requisitos al respecto de las carreteras.

 

Estos tres requisitos son los que un ayuntamiento no es competente para investigar, por lo que supedita su Licencia de Apertura a las correspondientes Autorizaciones Sectoriales.

Estas autorizaciones las otorgan las Consellerías de la Xunta de Galicia, en función de las leyes intervinientes y requieren que presentes a cada una de ellas todos los detalles del proyecto de actividad que se necesiten para asegurar que todo será legal y ajustado a normativa.

Si las Autorizaciones Sectoriales son favorables, el ayuntamiento otorga Licencia de Actividad. Si son desfavorables, la deniega.

 

Por lo que, resumiendo mucho:

 

La inmensa mayoría de actividades sólo requieren Comunicación Previa al Ayuntamiento.

Cuando se requiera Licencia de Actividad, es al Ayuntamiento a donde tienes que dirigirte. Este resolverá:

Si no necesitas otras autorizaciones, te investiga el proyecto y otorga licencia o la deniega.

Si necesitas alguna Autorización Sectorial, el propio ayuntamiento te remitirá a la Consellería de la Xunta pertinente.

Si consigues las autorizaciones sectoriales, has de volver al Ayuntamiento para enseñárselas y que te otorgue la Licencia de Actividad.

En Ayuntamientos muy pequeños, puede que no haya recursos para concederte la licencia. En ese caso lo harán técnicos de la Diputación Provincial correspondiente, actuando en representación del Ayuntamiento.
Por Cathenaria Soluciones Técnicas 20 de septiembre de 2022
Son las tareas necesarias para eliminar o minimizar los riesgos aparejados al Proceso Constructivo. Directamente relacionado con la Dirección de Ejecución, el Coordinador de Seguridad y Salud hace honor a su nombre poniendo en común las medidas preventivas y de seguridad que cada fase de obra necesita. Antes de la obra, supervisa el Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Ejecución, asimilándolo y afinándolo allí donde fuese necesario. Aprueba u ordena modificaciones al Plan de Seguridad y Salud que presenta el Contratista, para asegurarse de que es compatible con la obra a ejecutar. Durante la obra, coordina la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad. Toma decisiones técnicas para la planificación de los trabajos y adapta los medios necesarios al cronograma de obra. Coordina también las actividades de la obra para garantizar que todos los trabajadores apliquen por igual estos principios, así como las acciones y funciones de control de esta aplicación. Se asegura de que haya un control efectivo de los accesos a obra. ¿Cómo se realiza? Antes de la obra, el trabajo en Oficina Técnica se centra en el estudio detallado de los documentos relativos a la seguridad. Se solapan en un gráfico los medios de prevención sobre las distintas partidas del presupuesto y programa las actividades para que no existan fallas u holguras de seguridad. Se producen comunicaciones con el Contratista relativas a la disposición y experiencia con los medios de protección y se trazan unos principios básicos de responsabilidad y compromiso con la seguridad. En Obra, se predica con el ejemplo y no se toleran las excepciones. Ningún tajo ha de tener mayor riesgo que el intrínsecamente relacionado con su desarrollo. Se presta especial atención al equipamiento individual y colectivo, así como a las circulaciones y acopios. ¿Qué criterio necesita? Una obra es de los lugares más peligrosos en los que puede estar una persona. Nunca se exagera a este respecto. La profesionalidad del constructor es clave para minimizar los riesgos. Cuanto más profesional sea un constructor, mejor entenderá esta máxima y mejor la difundirá entre sus trabajadores. La labor del Coordinador no puede suplir a la del Constructor. Tampoco es su deber educar al respecto: a una obra se llega con estas lecciones aprendidas y el Coordinador sólo ha de ayudar a que el resultado global sea tan seguro como la seguridad de cada individuo interviniente. Un buen Coordinador de Seguridad y Salud ha de ser riguroso e inflexible.
Por Cathenaria Soluciones Técnicas 20 de septiembre de 2022
Ni que decir tiene que un buen Director de Ejecución entiende a la perfección que está construyendo “la casa de alguien”, por lo que esa persona ha de ser el centro de todo el Proceso. El compromiso y la honestidad para con su Promotora han de ser los valores principales del Director: ha de escuchar sus inquietudes y asimilar sus preocupaciones. Ha de prescribir las mejores soluciones para ella, sin ningún otro criterio. Ha de decir “no sé” cuando no sabe y “confía en mí” cuando se trate de ahorrarle detalles innecesarios. También ha de sentir respeto por su profesión, única garantía de que, en procesos tan largos y complicados, se mantenga un nivel de autoexigencia tal, que se contagie al resto del equipo. El ego ha de quedar totalmente desterrado de la toma de decisiones, entendiendo que cada agente involucrado tiene su papel, su rango de acción y su filosofía de trabajo. La orquestación de estos agentes ha de afinarse para conseguir el mejor entregable posible, supeditándolo todo al beneficio material y emocional de la Promotora. El Proyecto Arquitectónico es la expresión artístico-técnica de la voluntad y las necesidades de la Promotora, por lo que interpretarlo y llevarlo a la realidad requiere estos valores firmes, determinación y empatía.
Por Eloy Blanco 20 de septiembre de 2022
Antes de iniciar la obra, se trabaja mucho en oficina. Se evalúa el Proyecto de Ejecución en todos y cada uno de los aspectos, comprobando superficies, materiales, cronogramas… Ningún proyecto, por definición, puede contemplar todos los aspectos que incluirá la obra, por lo que habrá que identificar las lagunas existentes y entablar conversaciones con el resto de los agentes: Proyectistas, Directores de Obra, Constructores, Promotora, así como proveedores y administraciones. Este trabajo previo ha de ser lo suficientemente intensivo para minimizar o eliminar los riesgos futuros, acotando la incertidumbre de los procesos. También es el momento más adecuado para poner en común aquellos cambios o modificaciones permisibles al Proyecto Arquitectónico con la Promoción y los Proyectistas. Una vez iniciada la obra, el trabajo fundamental del Director de Ejecución se realiza mediante visitas a Obra. Algunas de estas visitas estarán programadas desde el cronograma, según puntos críticos o hitos. Otras vendrán dadas por dudas puntuales, condiciones climáticas y/o emergencias. Las distintas fases de obra conllevan más o menos cantidad o frecuencia de visitas: dependerá sobre todo del grado de implicación y confiabilidad de la constructora. Las instrucciones del DEO han de ser cumplidas con diligencia y sin excepción por el constructor, derivándolas en todas y cada una de las subcontratas que puedan aparecer. Y no solo cumplirlas, sino documentarlas con fotografías y/o vídeo. Habrá fases de obra en las que serán necesarias varias visitas por semana y otras en las que cada quince días sea suficiente, siempre apoyándose en una comunicación total y fluida por medios telemáticos. En la obra tendrá que existir un espacio lo suficientemente acondicionado para poder trabajar con planos y tener reuniones interdisciplinares con un mínimo de confort. Estas reuniones resultan fundamentales para resolver problemas constructivos, discrepancias o modificados sobrevenidos con garantías de éxito. Todo agente involucrado deberá asistir y el planteamiento será siempre “a favor de obra”. Durante toda la Obra, el Director de Ejecución, realizará labor de Oficina Técnica tras cada visita. Esto incluye un debriefing técnico y administrativo para poder llevar la obra al día. La cadencia de este trabajo ha de ser constante y repercutir en un horizonte atrás y adelante suficientemente amplio para que el DEO pueda responder a cualquier pregunta que se le haga, o redactar cualquier documento necesario, en un tiempo mínimo.
Por Cathenaria Soluciones Técnicas 20 de septiembre de 2022
Son todas las tareas necesarias para dirigir la construcción material de la obra. Esto significa que hay que controlar la cantidad y la calidad de lo construido, según el trinomio TIEMPO – COSTE – CALIDAD. Así, el Director de Ejecución de Obra ha de estudiar a fondo el Proyecto para interiorizar la obra venidera, encontrar ambigüedades o indefiniciones y anticiparse a su resolución. Tiene especial importancia iniciar una relación fluida con el Constructor, para determinar qué medios y procedimientos serán empleados, por lo que las reuniones previas al comienzo de obra han de ser intensivas y productivas. El Director de Ejecución verificará que cada material de construcción que sea recepcionado y acopiado en obra, lo es conforme a normativa y especificaciones técnicas de los productos. Así se evitan mermas en las calidades o patologías futuras. Habrá de comprobar también los replanteos, trasladando las medidas del plano al terreno, para que cada elemento vaya en su correcto lugar y no haya errores que devengan en problemas de encaje, solapamiento o mal funcionamiento. El DEO es el responsable de supervisar (y en su caso) corregir la ejecución y disposición de todos los elementos constructivos. Requerirán especial atención los detalles de arranque y encuentros entre elementos, así como las posibles incompatibilidades entre materiales. Tiene muchísima importancia el comportamiento del agua en toda la envolvente (cubierta y cerramientos), así como todos los detalles estructurales. Ha de inquirir, amoldar, asesorar y supervisar el modus operandi de la constructora en todos estos detalles para garantizar la máxima calidad por el precio presupuestado. Además de estas tareas técnicas, el Director de Ejecución consignará en el Libro de Órdenes las instrucciones precisas sobre cada procedimiento de obra, para dejar constancia del buen hacer de todo el equipo. También elaborará y suscribirá las certificaciones parciales y liquidación final de la obra ejecutada, midiendo y comprobando que lo que se cobra está acorde con la calidad y el precio convenido. Si por motivos financieros son necesarios Certificados de Avance de Obra, será el encargado de emitirlos. También aportará la información necesaria para redactar la documentación de la obra ejecutada, con especial atención al programa de mantenimiento de la vivienda.
Por Eloy Blanco 24 de diciembre de 2021
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No olvidemos que "proyectar" es algo parecido a "intentar ver el futuro". Con el dinero todo se vuelve más delicado. Es por eso que el siguiente esquema define, sucinta y claramente, los diferentes tipos de presupuestos asociados a los proyectos de edificación.
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Una afección, en urbanismo, es la inclusión de una determinada cantidad de suelo en un área geográfica a la que se le atribuyen determinados "requisitos". Es decir: se ve afectada por normativa específica. Existen múltiples áreas afectadas y distintos tipos de afecciones. Muchas veces, una misma área está inclusa en varias afecciones al mismo tiempo. Para conocer un poco mejor en qué consisten estos requisitos, veamos un ejemplo práctico: Este es un plano de la zona de Betanzos, una ciudad situada en la desembocadura de un río, cerca de A Coruña, en el norte de España. En el plano vemos varias líneas de color y zonas rayadas: Vemos cómo alrededor de las cuencas fluviales se dibuja una línea de puntos azules. Es la Afección de Aguas. También tenemos zonas rayadas de verde. Es la Afección del Paisaje. Zonas con línea roja. Afección de Costas. Líneas amarillas. Energía (gasoductos). Y hay más. Esto es sólo una pequeña muestra. Podríamos mover el plano un poco a la izquierda y también estaríamos en zona de afección aeroportuaria, pues el aeródromo de Alvedro no está lejos. Pero todo esto... ¿qué importancia tiene para nosotros? Pues, fundamentalmente, por dos cosas: Necesitaremos cumplir más normativa que la propia del ayuntamiento. Los plazos se alargarán sensiblemente. Pongamos el caso de una vivienda unifamiliar en una parcela con afección de aguas: El organismo encargado de supervisar estas actuaciones es la Xunta de Galicia, mediante su Consellería de Infrestructuras e Mobilidade, en la sección de Augas de Galicia o, como se los conoce aquí: "Augas". El concello pedirá la "Autorización de Augas" y éstos exigirán que solicitemos permiso para construir, abastecer la parcela y verter los efluentes. La solicitid tendrá que ser acompañada de documentación técnica específica, acorde a nuestro proyecto y serán necesarias tantas solicitudes como Augas considere. Por ejemplo, para la instalación de una fosa séptica en la parcela se necesitarán dos autorizaciones: una por "colocarla" físicamente en el terreno y otra por "llenarla" de agua. Además, cada autorización se resuelve en una sede distinta, y no existe comunicación entre ellas. Es por eso que, desde que se inicia el trámite, hasta que se resuelve suelen pasar unos seis meses, sino más. Además, la autorización exige el pago de unas tasas y una serie de condiciones para su no revocación. Si la parcela tiene más de una afección, la burocracia se incrementa exponencialmente. Es por eso que resulta fundamentalmente conocer qué afecciones sectoriales tiene la parcela objeto antes de sopesar nuestras opciones, pues muchas veces éstas se ven reducidas. Como ejemplo de lo anterior, nos llegó el caso de una joven pareja que pretendían la construcción de una vivienda modular de estilo minimalista-industrial en una parcela de núcleo rural afectada por Patrimonio. La cercanía a un complejo arquitectónico del siglo XVI hacía que cualquier construcción en dicha parcela tuviera que emplear los materiales tradicionales: piedra, madera y teja. Los propietarios tenían ya muy avanzadas las negociaciones con el contratista y la financiación del proyecto, sin darse cuenta de que jamás recibirían autorización para construir esa vivienda. Un correcto estudio urbanístico, previo a la toma de decisiones, es fundamental para saber qué podemos hacer con una parcela y quiénes nos van a pedir qué cosas.
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